El capítulo 3 del NEC agrupa los métodos de alambrado, y casi todos sus artículos tienen la misma arquitectura interna: usos permitidos, usos no permitidos, construcción e instalación. Antes de comparar tuberías conviene contestar tres preguntas: si la ubicación es seca, húmeda o mojada; si el conjunto queda expuesto, oculto o enterrado; y si hay exposición a daño físico, a corrosión o a ambiente salino. En Puerto Rico esas tres preguntas pesan más que en el continente: la humedad relativa alta, la brisa marina y la temporada de huracanes castigan soportes, sellos y tuberías metálicas.
Por eso la corrosión es aquí un criterio de selección real y no un detalle de manual. El código exige que el material sea apto para el ambiente y, cuando se entierra metal o se embebe en concreto, que se proteja o se use un material apropiado. Un tubo metálico sin la protección que exige su artículo, en suelo salino o en contacto permanente con humedad, es una falla que se manifiesta a los pocos años.
Las familias que hay que distinguir son RMC (rígido metálico), IMC (metálico intermedio), EMT (tubo metálico eléctrico, de pared delgada y sin rosca), PVC rígido no metálico, ENT no metálico flexible, y los flexibles FMC, LFMC y LFNC para conectar equipos con vibración o movimiento. Cada uno tiene su límite propio: dónde se admite, si sirve o no como trayectoria de puesta a tierra de equipo, qué longitud se permite en el caso flexible, y qué distancia máxima hay entre soportes y desde la caja. El examen rara vez pregunta la cifra por sí sola: pregunta por qué ese método falla en ese sitio.
Los cables —NM, AC, MC, UF, SE y USE— se estudian sobre todo por lo que no pueden hacer. El NM no se admite en ubicaciones mojadas ni, como regla general, embebido en concreto o enterrado; el UF sí es apto para entierro directo; el MC tiene variantes que cuentan o no como trayectoria de tierra. Al pasarlos por vigas y viguetas aparecen las reglas de perforación, de distancia al borde del elemento estructural, de placa de acero protectora y de sujeción cerca de las cajas: son las que más se citan en inspección.
Toda unión y todo empalme debe quedar en un envolvente accesible: esa es la regla de fondo, y las excepciones son contadas. A partir de ahí el código pide calcular el volumen de la caja contando conductores, dispositivos, tornillos de tierra y accesorios internos; exige conductor libre suficiente para trabajar cómodamente; obliga a cerrar las aberturas no usadas; y fija el número máximo de curvas equivalentes entre puntos de tiro. En cajas de tiro y de empalme grandes, la dimensión se obtiene por múltiplos del diámetro de la mayor canalización, y el múltiplo cambia según el tiro sea recto o en ángulo. En canaletas y ductos rigen porcentajes de llenado y límites de número de conductores. Nada de esto se contesta de memoria: se calcula.
1. ¿Qué apartado de un artículo de canalización hay que leer primero para saber si un tubo sirve en un sitio?
Todos los artículos de métodos de alambrado abren con los usos permitidos y no permitidos: es el filtro que decide si el método sirve antes de entrar en dimensiones o instalación.
2. ¿Qué caracteriza al tubo metálico rígido frente a los demás tubos metálicos?
El art. 344 admite el tubo metálico rígido en todas las ubicaciones y ambientes, con la protección adecuada frente a corrosión; su pared gruesa y roscada es lo que lo distingue del intermedio y del EMT.
3. ¿En qué se diferencia el tubo metálico intermedio del rígido?
El art. 342 regula el tubo metálico intermedio, de menor espesor de pared y menor peso que el rígido, pero con un abanico de usos igualmente amplio, incluida la instalación enterrada.
4. ¿Qué limitación esencial tiene el tubo metálico eléctrico de pared delgada?
El art. 358 no permite roscar el tubo metálico eléctrico ni emplearlo donde quede sometido a daño físico severo; sí se admite en exterior con accesorios aptos para ubicación mojada.
5. ¿Qué exige el código sobre la sujeción del tubo metálico eléctrico?
El art. 358.30 exige sujeción firme a una distancia máxima de cada caja o accesorio y a intervalos regulares del tramo; el número de conductores no interviene en la separación de soportes.
6. ¿Qué ventaja hace preferible el tubo rígido no metálico en ambiente salino?
El art. 352 admite el tubo rígido no metálico en ambientes corrosivos por su resistencia química; al no ser conductor, obliga siempre a llevar conductor de puesta a tierra de equipo por su interior.
7. ¿Por qué el tubo rígido no metálico exige acoplamientos de dilatación con más frecuencia que el metálico?
El art. 352.44 obliga a prever dilatación cuando el movimiento previsto supera el límite indicado, y el coeficiente del material no metálico es notablemente mayor que el del acero.
8. ¿Qué condición debe cumplir un tubo no metálico instalado a la intemperie bajo sol directo?
El art. 352.12 y el marcado del producto exigen que el tubo expuesto al sol esté identificado como resistente a la radiación solar; la pintura aplicada en obra no sustituye a ese marcado.
9. ¿Qué limita el uso del tubo rígido no metálico en ambientes calurosos?
El art. 352.12 prohíbe emplear el tubo donde la temperatura ambiente supere la nominal del producto; en la isla, cubiertas y locales sin ventilación pueden superar ese límite con facilidad.
10. ¿Cuál es el uso típico del tubo flexible metálico en una instalación?
El art. 348 destina el tubo flexible metálico a tramos cortos donde se requiere flexibilidad, como la conexión de motores o de equipos con vibración; no es un sustituto general de la canalización rígida.
11. ¿Cuándo puede el tubo flexible metálico servir de trayectoria de puesta a tierra de equipo?
El art. 250.118 admite el tubo flexible metálico como trayectoria de tierra solo si se cumplen simultáneamente los límites de longitud del tramo, el tamaño del dispositivo de protección y el uso de accesorios listados.
12. ¿Qué añade el tubo flexible metálico hermético a líquidos respecto del flexible ordinario?
El art. 350 describe el flexible hermético a líquidos por su cubierta exterior estanca, que permite su uso en ubicaciones mojadas y en exteriores, a diferencia del flexible ordinario del art. 348.
13. ¿Dónde resulta especialmente adecuado el tubo flexible no metálico hermético a líquidos?
El art. 356 destina el flexible no metálico hermético a líquidos a conexiones expuestas a humedad, aceites o agentes corrosivos, y no a largos recorridos enterrados ni a acometidas.
14. ¿Qué restricción principal tiene el tubo no metálico flexible corrugado?
El art. 362 limita el tubo no metálico flexible a los usos que enumera y lo excluye donde quede expuesto a daño físico; sí se admite embebido en concreto conforme a sus condiciones.
15. ¿Qué limita el código respecto de las curvas de un tramo de canalización?
Cada artículo de canalización limita la suma de curvas entre puntos de tiro, incluidas las de las cajas de paso; superar ese total obliga a instalar una caja de tiro intermedia.
16. ¿De qué depende el radio mínimo con que puede curvarse una canalización?
Las tablas de radios mínimos del capítulo 9 relacionan el diámetro del tubo con el radio admisible, distinguiendo si la curva se hace con curvadora de campo u otro método.
17. ¿Qué debe instalarse en el extremo de una canalización que entra en un envolvente?
El art. 300.15 y los artículos de cada canalización exigen un casquillo o accesorio que proteja el aislamiento frente al borde cortante del tubo; sin él, el conductor se daña al tirar.
18. ¿Qué precaución exige el código al roscar en obra un tubo metálico rígido galvanizado?
El art. 344.14 obliga a proteger contra la corrosión las roscas ejecutadas en campo, porque el corte elimina el galvanizado y deja el acero expuesto, lo que en clima salino acelera el deterioro.
19. ¿Qué exige el código para una canalización metálica en contacto directo con el terreno?
El art. 300.6 exige protección contra la corrosión adecuada al ambiente; en suelos salinos de la isla la elección del material o del recubrimiento decide la vida útil del tramo enterrado.
20. ¿Qué problema aparece al unir una canalización de acero galvanizado con un accesorio de aluminio en ambiente húmedo?
El art. 300.6 advierte sobre la combinación de metales distintos, que en presencia de humedad establece un par galvánico; en ambiente costero esa unión es una fuente frecuente de fallas.
21. ¿Qué se considera ubicación mojada en el interior de una canalización exterior?
El art. 100 considera ubicación mojada el interior de las canalizaciones expuestas a la intemperie, de modo que los conductores alojados deben ser aptos para humedad aunque el tubo esté cerrado.
22. ¿Qué medida evita la acumulación de agua condensada en una canalización exterior?
El drenaje en los puntos bajos y el sellado que impide la circulación de aire son las dos medidas que el art. 225.22 y el art. 300.7 contemplan frente a la condensación en canalizaciones exteriores.
23. ¿Qué exige el código sobre la continuidad eléctrica de una canalización metálica?
El art. 300.10 exige continuidad metálica y unión con los envolventes, para que el sistema forme una trayectoria de tierra segura; el conductor de unión exterior solo se exige en casos concretos.
24. ¿Qué precaución exige el código cuando una canalización entra por una abertura con anillos concéntricos parcialmente removidos?
El art. 250.97 y el art. 250.92 exigen medios de unión específicos, como tuercas de unión o puentes, cuando las aberturas concéntricas o excéntricas comprometen la continuidad del conjunto.
25. ¿Qué caracteriza a un sistema de barras conductoras encerradas?
El art. 368 regula los sistemas de barras conductoras encerradas, formados por barras rígidas dentro de un envolvente y con unidades de derivación enchufables en puntos previstos.
26. ¿Qué diferencia esencial hay entre una canaleta y un tubo?
El art. 376 define la canaleta metálica como envolvente con tapa removible que permite alojar y acceder a los conductores, a diferencia del tubo, cerrado a lo largo de su recorrido.
27. En una canaleta metálica, ¿qué porcentaje de su sección transversal pueden ocupar los conductores?
El art. 376.22 limita al veinte por ciento la sección de conductores en una canaleta metálica; el criterio es distinto del que rige el llenado de los tubos del capítulo 9.
28. ¿Dónde se admite una canalización metálica de superficie?
El art. 386 admite la canalización metálica de superficie en ubicaciones secas y la excluye donde haya daño físico severo, vapores corrosivos o clasificación de ubicación peligrosa.
29. ¿Qué es una charola portacables en el sentido del código?
El art. 392 define la charola como sistema de soporte estructural para cables y canalizaciones, no como canalización; de ahí que solo admita cables y conductores expresamente permitidos.
30. ¿Qué determina el número de cables que pueden instalarse en una charola?
El art. 392.22 fija las reglas de llenado de la charola según el tipo y el calibre de los cables; el peso y la separación de soportes son condiciones adicionales, no el criterio de llenado.
31. ¿Puede una charola metálica servir como conductor de puesta a tierra de equipo?
El art. 392.60 admite la charola metálica como conductor de puesta a tierra de equipo únicamente si está identificada para ello y se respetan las condiciones de continuidad y de sección mínima.
32. ¿Qué precaución exige un sistema de ductos embebidos bajo el piso?
Los artículos de ductos bajo piso exigen identificar su trazado y disponer de puntos de acceso; sin esa información, cualquier perforación posterior del piso pone en riesgo el circuito.
33. ¿Qué métodos de alambrado admite el código en un espacio usado para el retorno de aire acondicionado?
El art. 300.22 limita los métodos admisibles en espacios de manejo de aire a los que no aportan carga de fuego ni humos peligrosos, y esa es la razón de la restricción.
34. ¿Qué precaución exige el código para una canalización instalada sobre una cubierta expuesta al sol?
El art. 310.15 contempla el incremento de temperatura de las canalizaciones sobre cubiertas expuestas al sol, que exige corregir la ampacidad y separar el tubo de la superficie.
35. En una nave costera con vapores salinos y riesgo de golpes de montacargas, ¿qué método resulta más adecuado?
El art. 344 admite el tubo rígido con protección adecuada frente a corrosión y frente a daño físico severo, condiciones que el tubo de pared delgada y el cable con cubierta no metálica no cumplen ahí.